Recuerda que puedes tener hasta 7 líneas móviles a tu nombre.
El Decreto Legislativo N° 1738 establece que una persona natural, peruana o extranjera residente en el país, podrá tener como máximo siete líneas móviles registradas a su nombre, sin considerar la empresa operadora que le brinde el servicio.
El límite aplica al total de líneas móviles que tenga una persona natural, independientemente de las empresas operadoras con las que haya contratado servicios.
Puedes consultar las líneas móviles asociadas a tu documento de identidad a través de Checa tus líneas (herramienta de consulta habilitada por OSIPTEL) en el siguiente enlace https://checatuslineas.osiptel.gob.pe.
Si identificas una línea móvil que no contrataste o no reconoces, tienes 2 opciones para gestionar la revisión del caso:
- Puedes comunicarte con la empresa operadora para reportar el caso y presentar un reclamo.
- Puedes ingresar a la herramienta digital Checa tus líneas para reportar el desconocimiento de la línea (servicio).
No podrás contratar una línea adicional mientras mantengas siete líneas activas registradas a tu nombre. Para contratar una nueva, deberás previamente dar de baja alguna de las líneas existentes o transferir/ceder su titularidad cuando corresponda.
Las personas naturales que, previo a la entrada en vigencia de la norma (antes del 14 de febrero de 2026) ya contaban con más de siete líneas, podrán mantenerlas. Sin embargo, no podrán contratar líneas adicionales.
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